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Entrega Voluntaria

Reconocemos que enfrentarse a un embarazo no planificado puede ser una experiencia abrumadora. En nuestro Programa de Entrega Voluntaria, buscamos brindarte información, apoyo y coordinar servicios para que tomes decisiones informadas y conscientes.

En el Hogar Cuna San Cristóbal, comprendemos que la maternidad y/o paternidad no es una opción viable para todas las familias. A lo largo de 31 años, hemos acompañado a mujeres y/o familias que han enfrentado situaciones similares, reconociendo y validando las diversas experiencias que pueden surgir.

 

Si no te sientes preparado/a para ser madre/padre o si deseas explorar alternativas, estamos aquí para ayudarte a comprender mejor tus opciones. Nuestro equipo de profesionales está listo para guiarte a través del proceso, proporcionarte las herramientas necesarias y conectarte con la asistencia que puedas requerir. Tu bienestar y toma de decisiones consciente son nuestra prioridad.

¿Qué es una Entrega Voluntaria?

La entrega voluntaria para adopción en Puerto Rico está rigurosamente regulada por la Ley Núm. 61 de 2018, conocida como la "Ley de Adopción de Puerto Rico". Esta legislación garantiza que el proceso sea completamente legal y seguro. Según esta ley, la entrega voluntaria se define como:

“Acto mediante el cual la madre biológica o los padres biológicos o aquellos que ostenten la patria potestad sobre el menor, entregan la custodia física de un menor recién nacido o acuerdan renunciar a la patria potestad y transferir la custodia de un menor, entre 0 y tres (3) años, para ser adoptados”.

Es importante destacar que la entrega voluntaria puede llevarse a cabo en lugares designados como "Refugios Seguros" según lo establecido por la ley, sólo a las 72 horas de nacido. Estos lugares incluyen hospitales públicos o privados, estaciones de bomberos, dependencias policiales municipales o estatales, iglesias, dependencias del Departamento de la Familia, instalaciones de hogares sustitutos reconocidos por el Departamento de la Familia o en agencias de adopción participantes en el programa de entrega voluntaria de menores o refugio seguro, como es el caso del Hogar Cuna San Cristóbal.

Según la Ley en su artículo 13. – Refugio Seguro

‘’Es política pública del Gobierno de Puerto Rico promover el establecimiento de un sistema mediante el cual una madre, antes de considerar abandonar a un recién nacido, pueda entregarlo en un hospital público o privado, según definido en el Artículo 2 de la Ley Núm. 101 de 26 de junio de 1965, según enmendada, conocida como “Ley de Facilidades de Salud”, estación de bomberos, toda dependencia policiaca municipal o estatal, iglesias, toda dependencia del Departamento de la Familia, cualquier facilidad de hogar sustituto reconocido por el Departamento de la Familia o en una agencia de adopción acogida al programa de entrega voluntaria de menores o de refugio seguro, de manera confidencial, sin perjuicio y sin temor de ser arrestada, procesada o enjuiciada, antes de transcurridas setenta y dos (72) horas a partir del nacimiento del infante, siempre y cuando éste no presente señales de abuso o maltrato. De lo contrario, el hospital activará el protocolo existente que se sigue en los casos de maltrato de menores.’’

’La madre que entregue al recién nacido en o antes de transcurridas las setenta y dos (72) horas de su nacimiento, no incurrirá en el delito de abandono de menores, según establecido en el Artículo 118 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, si entrega al mismo voluntariamente en un hospital público o privado, estación de bomberos, dependencia policiaca municipal o estatal, iglesias, dependencia del Departamento de la Familia, cualquier facilidad de hogar sustituto reconocido por el Departamento de la Familia o una agencia de adopción acogida al programa de entrega voluntaria de menores o de refugio seguro. El infante será entregado al personal destacado en el hospital público o privado, quienes estarán en obligación de recibir la custodia física del recién nacido y comunicarse de inmediato con el Departamento.’’

‘’La madre biológica o los padres biológicos o aquellos que ostenten la patria potestad sobre un(a) menor de edad de hasta tres (3) años, podrá hacer una entrega voluntaria del(de la) mismo(a) a un funcionario autorizado por el Departamento de la Familia o a la agencia de adopción a tales efectos, sin incurrir en el delito de abandono de menores, según establecido en el Código Penal de Puerto Rico, siempre y cuando éste no presente señales de abuso o maltrato.’’

Entrega voluntaria

Testimonios

“Hogar Cuna San Cristóbal fue la diferencia en nuestro proceso de adopción. El tener un entendimiento amplio sobre los diferentes tipos de adopción nos permitió visualizar el tipo de compromiso que queríamos hacer con nuestro niño/a.

Fuimos bendecidos por una entrega voluntaria y con el privilegio de poder tener una relación con la familia biológica de nuestra bebé, a través de la opción de adopción semiabierta. Tener las respuestas para personal clínico, por ejemplo “¿Hubo alguna complicación en el parto, hay algún sordo, Papá o Mamá tuvieron problemas del habla?” Y que con un texto poder brindar la información correcta para esa evaluación, no tiene precio. Es un estresor menos para nosotros como papas y una oportunidad de conocer la familia de nuestro bebe y mantener una relación saludable que en un futuro le permita a nuestro bebe relacionarse con su familia biológica y que conozca su historia. Este modelo de adopción para mí es perfecto, lo veo como un “win, win, win “para bebe, familia biológica y familia adoptiva.”

Wilberto Martínez y Nair Rosario

Hace casi 6 años, luego de una larga espera, recibimos una llamada del Hogar Cuna San Cristóbal, dándonos la gran noticia que había una linda persona que nos quería conocer. Fue tan grande la alegría que mi esposo y yo sentimos, que contábamos las horas y los minutos para el encuentro. Así fue como recibimos a nuestra familia un hermoso niño que fue entregado voluntariamente al Hogar Cuna San Cristóbal por su madre biológica justo después de nacer. Creo que ese acto es lo mejor que una madre o padre puede hacer si se ve en la necesidad de ello o si por alguna razón entiende que no podrá cuidar del menor o no tendrá el apoyo de la familia o la capacidad económica para criarlo. Si esta madre no hubiese pensado en la entrega voluntaria y, por el contrario, hubiera decidido abortarlo o abandonarlo, Julián no estaría en nuestra familia hoy día.

Rápidamente que lo vimos nos enamoramos de sus gestos, de sus ojos y de su ternura. Con apenas un mes de nacido lo cargamos en nuestros brazos, lo abrazamos y de inmediato nos brindó una sonrisa maravillosa, en instantes las lágrimas comenzaron a bajar por nuestras mejillas. Hicimos “click” al instante, se sintió tan nuestro desde el primer abrazo que ese momento lo llevamos grabado en nuestros corazones.
Apenas recibimos la llamada, contamos a todos la noticia, y todo fue de fiestas y alegrías, nuestras familias acogieron a Julián con mucho amor y cariño. Julián, quien pronto va a cumplir sus 6 añitos, nació del corazón, antes de que llegara al mundo, era muy anhelado, y desde el primer día que lo vimos supimos que iba a ser nuestro niño. Y Dios es tan grande y misericordioso que meses después nos bendijo con un hijo propio. Estamos eternamente agradecidos con Dios Nuestro Señor y con el Hogar por ser piezas clave en nuestro proceso y en el de muchos otros padres que, como nosotros, han logrado cumplir su sueño de recibir en sus hogares a estos niños que tanto necesitan de un hogar y una familia que los ame.
 

Fam. Ruiz Cruz

Requisitos para realizar una entrega voluntaria en HCSC

Image by Luma Pimentel
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Ser adulto mayor de 21 años.

El menor a entregar voluntariamente debe tener de 0 a 3 años.

Debes tener capacidad jurídica para consentir el proceso.

Si eres menor de 21 años, necesitas estar emancipado o contar con el consentimiento de tus padres biológicos.

No pueden existir sospechas de maltrato o negligencia.

Pregnant Woman

La entrega voluntaria para adopción puede planificarse durante el embarazo, en el parto y/o después del parto. Después de realizar una entrega voluntaria, la ley establece un periodo de retracto, lo que significa que puedes cambiar tu decisión y retractarte de la entrega voluntaria. Los periodos son:

  • 7 días para retractarte a partir del nacimiento si planificaste la entrega voluntaria y renunciaste a la patria potestad en un acto legal desde el embarazo.

  • 15 días para retractarse si planificaste la entrega voluntaria y renunciaste a la patria potestad en un acto legal después del nacimiento del menor.

Reconocemos que este es un proceso difícil y la decisión que tomes será para toda la vida. En Hogar Cuna San Cristóbal, ofrecemos un periodo de 30 días para el retracto una vez realizada la entrega voluntaria.

 

Una vez que culmine el periodo de retracto, el menor estará legalmente listo para ser adoptado por una familia de nuestro banco de recursos. Estas familias han sido evaluadas y cuentan con todo lo necesario para cuidar al menor en un entorno seguro y lleno de amor.

 

Durante estos 31 años, nuestro compromiso con cada familia que hemos asistido es garantizar que su hijo/a sea acogido/a en un hogar lleno de amor, donde será cuidado de la mejor manera posible.

Toys

Tipos de Adopción

En Hogar Cuna San Cristóbal, valoramos la entrega voluntaria como un acto de amor desmedido, donde la familia biológica, en un gesto de responsabilidad parental, busca el bienestar óptimo de su hijo/a al optar por la adopción. Reconociendo que el proceso de adopción mediante entrega voluntaria surge a partir de una experiencia de pérdida, brindamos voz y participación activa a la familia biológica. Les ofrecemos la oportunidad de identificar el tipo de adopción que desean para el/la menor, otorgándoles un papel significativo en este proceso.

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Adopción Semi abierta

Se caracteriza por un contacto indirecto mediado por la agencia. Permite que las familias biológicas y adoptivas compartan información, como fotos, cartas e historial médico. Esta información se envía primero a HCSC y luego se transmite a la familia. También se puede optar por el uso exclusivo de correo electrónico como medio de comunicación.

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Adopción Cerrada

Implica la ausencia de contacto entre la familia adoptiva y los padres/madres biológicos/as después de completada la adopción.

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Adopción Abierta

Todas las partes involucradas se conocen y permanecen presentes en la vida del otro. Este tipo de adopción puede variar desde un intercambio anual de cartas y fotos hasta compartir momentos con el/la menor, dependiendo del acuerdo establecido entre ambas familias.

*Estos tipos de adopción solo aplican a los acuerdos que se realicen en Hogar Cuna San Cristóbal. Toda interacción y comunicación comienza una vez se ha completado la adopción legal del menor.*

Recursos Educativos sobre la Entrega Voluntaria

Si ha decidido considerar la posibilidad de dar en adopción a su bebé o está buscando orientación profesional, estamos aquí para conectarle con los recursos adecuados. Nuestro objetivo es facilitarle información que le ayude a tomar decisiones que se ajusten a sus necesidades. No buscamos tomar la decisión por usted, sino proporcionarle las herramientas y recursos necesarios para que se sienta seguro/a respecto a su elección.

Therapy Session

¡No dude en ponerse en contacto con nosotros hoy! Llámenos al 787-747-9488 o complete el formulario a continuación para obtener la orientación y los recursos necesarios durante este proceso de toma de decisiones. Estamos aquí para apoyarle.

Solicitud para orientación

Su información es confidencial. Complete el formulario para recibir información sobre la Entrega Voluntaria.

Acuerdo de Confidencialidad

Los Profesionales del Trabajo Social en el Hogar Cuna San Cristóbal, en cumplimiento de la ética profesional y las leyes estatales, están obligados a no compartir información a menos que cuenten con su autorización por escrito, garantizando así la privacidad y confidencialidad en el servicio proporcionado. Sin embargo, es importante destacar que existen límites a nuestra confidencialidad, ya que la ley nos exige comunicar cierta información a otras agencias, personas y/o profesionales.

 

Queremos asegurarnos de que comprenda claramente lo que podemos y no podemos mantener confidencial antes de compartir cualquier información. El acuerdo de confidencialidad se limita a la eventualidad de que surja alguna situación que pongan en riesgo, su seguridad física, nuestra seguridad física, o violente mis derechos, los de terceras personas, del profesional del trabajo social, o el bien común de acuerdo con las leyes aplicables. Estamos disponibles al inicio de nuestra primera intervención para discutir cualquier pregunta que pueda tener al respecto.

Recursos de Apoyo

Línea Paz

Línea de Ayuda 24/7

Procuraduría de la Mujer Caguas

Servicios Legales de Puerto Rico

Recursos Educativos sobre la Entrega Voluntaria

Si ha decidido considerar la posibilidad de dar en adopción a su bebé o está buscando orientación profesional, estamos aquí para conectarle con los recursos adecuados. Nuestro objetivo es facilitarle información que le ayude a tomar decisiones que se ajusten a sus necesidades. No buscamos tomar la decisión por usted, sino proporcionarle las herramientas y recursos necesarios para que se sienta seguro/a respecto a su elección.

Preguntas frecuentes sobre
la Entrega Voluntaria

  • ¿Cuáles son los/as niños/as que pueden ser adoptados/as?
    Niños/as cuya madre/padre biológica/o, ante circunstancias adversas que le impiden hacerse cargo de su hijo/a manifiesta libre y voluntariamente la decisión de que su hijo/a quede bajo la tutela del estado (renuncia voluntariamente a sus derechos de patria potestad) para su posterior entrega en adopción. Niños/as que fueron removidos de su entorno familiar por alguna situación de maltrato, según tipificada en la Ley Núm. 57-2023 y sus padres/madres fueron privados de patria potestad, ya que no hay ninguna previsión de que puedan volver a ese entorno familiar.
  • La adopción y/o los servicios ofrecidos por el Hogar Cuna San Cristóbal tienen un costo?
    La orientación inicial requiere un donativo. La adopción en Puerto Rico es libre de costo, lo único que conlleva costo es su representación legal ante el Tribunal para la adopción legal.
  • ¿Si resido fuera de Puerto Rico puedo adoptar?
    Nuestra licencia como agencia de adopción nos permite trabajar procesos de adopción única y exclusivamente con personas residentes en Puerto Rico. Si usted reside fuera de Puerto Rico debe comunicarse con alguna unidad de adopción del Departamento de la Familia para que puedan orientarle. Para mayor información, favor de llamar a los teléfonos suministrados a continuación: TELÉFONOS UNIDADES ADOPCIÓN
  • ¿Cuánto tiempo tarda completar el proceso de adopción?
    Cada caso es único, y no hay un tiempo estimado para el proceso de adopción. Es probable que el tiempo de espera sea más largo para aquellos que desean adoptar únicamente infantes en comparación con las familias dispuestas a adoptar niños/as mayores o adolescentes.
  • Si inicio el proceso de adopción con el Hogar Cuna San Cristóbal, ¿automáticamente ingreso al Registro Estatal Voluntario de Adopción (REVA)?
    No, el Hogar Cuna San Cristóbal es una organización privada, sin fines de lucro, que actúa como agencia de adopción independiente del Departamento de la Familia. Para formar parte del Registro Estatal Voluntario de Adopción (R.E.V.A.), debe buscar orientación directamente en el Departamento de la Familia. Se recomienda solicitar la adopción en todas las agencias disponibles para ampliar sus oportunidades.
  • ¿Qué otros servicios ofrece el programa de adopción?
    Es importante destacar que HCSC ofrece servicios adicionales para adopciones internacionales. Estos conllevan una tarifa y será necesario que se comunique para más información.
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